Redacción Sentido Común
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa a los contribuyentes que para solicitar el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) o factura en la compra de productos o por la prestación de servicios no se requiere entregar al proveedor la cédula de identificación fiscal o constancia de situación fiscal.
Lo anterior fue dado a conocer mediante la séptima resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para el 2023 publicada en el diario oficial de la federación el día de hoy.
El contribuyente que solicite una factura solo está obligada a proporcionar verbalmente o por escrito la clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) nombre o razón social código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que le dará a dicho comprobante por ejemplo gastos en general o adquisición de mercancías
A través de la factura las personas físicas y Morales comprueban ante el SAT la existencia de sus operaciones ya que este documento contiene entre otros la descripción del bien adquirido o servicio prestado la fecha de transacción el costo y los impuestos correspondientes
De esta manera el SAT señala que son prácticas fiscales indebidas:
- Condicionar la expedición de facturas la exhibición de la Cédula de identificación fiscal o constancia de situación fiscal.
- Negar la emisión de la factura en el establecimiento o local comercial y trasladar el cliente la obligación de generarla, incluso, si el pago se realiza en efectivo.