Dr. Abrl Ortiz
La semana pasada, el gobierno de México anunció una propuesta de reforma al sistema de pensiones. Esta descansa sobre dos pilares fundamentales: 1.- La reducción de 1250 a 750 semanas de cotización (15 años) como requisito para que un trabajador tenga acceso a una pensión, propuesta que resulta pertinente si consideramos que hoy en día los millennials a diferencia de las generaciones anteriores que llegaban a trabajar toda su vida en una empresa, no duran más de 2.5 años en una empresa cotizando y emigran a la modalidad del trabajo freelance, misma que se fortalecerá en el futuro a partir de la nueva normalidad condicionada por la pandemia del COVID-19 y; 2.- Aumento a la tasa de cotización, aspecto fundamental ya que cualquier medida que no incremente el porcentaje de aportación a las cuentas individuales, sería solamente un paliativo a un modelo de aportaciones definidas que ya fracasó en su natal Chile. Pero lo destacado, es que la carga de este incremento solo será a cargo de los patrones pasando del 5.15% del salario base de los trabajadores, al 13.875 en un esquema gradual. Pero si consideramos que el ahorro para el retiro es responsabilidad de todos, mantener la misma tasa de aportación del trabajador no abona a la consolidación de una cultura de ahorro para el retiro. Si el trabajador no incrementa su productividad en la misma proporción, la parte empresarial tendrá que trasladar este incremento en sus costos, incidiendo en el índice general de precios.

En los esquemas de pensiones de beneficios definidos, como es el caso de Fondo de Pensiones de Estado de Nayarit, la única manera de conocer la viabilidad financiera en el horizonte del tiempo es el “calculo actuarial” para determinar el costo actual y futuro de las obligaciones en favor de los trabajadores retirados, ya que los estados financieros de este, solo reflejan el monto de las reservas disponibles pero no cuantifican los derechos adquiridos de sus afiliados ni en qué momento serán exigibles. En este escenario, el ultimo estudio actuarial disponible en el portal de transparencia establece que el periodo de suficiencia solo cubre los derechos de los jubilados hasta el 2021, -ya nos alcanzó el futuro- habiendo incidido en su descapitalización el pago no fondeado de 75 días de aguinaldo de la burocracia y la falta de un salario regulador en el caso de magisterio, ya que recurrentemente un trabajador contratado en una sola plaza y que consigue una doble plaza y su traslado a zona cara, poco tiempo antes de la jubilación, en el actual esquema se le otorga la pensión sobre un salario muy superior al promedio recibido durante su vida laboral. En este contexto el sub-fondo del personal de confianza ha sido un paliativo que ha contrarrestado la descapitalización, ya que la alta rotación de personal ha originado solo ingresos al fondo sin contrapartida a cargo.
Una nueva Ley de Pensiones, de entrada debe darle personalidad jurídica al fondo de pensiones, aspecto que hasta el día de hoy, no lo tiene -el fondo es propiedad de los trabajadores no de la Secretaría de Finanzas-. Establecer un salario regulador -promedio de los últimos 5 años-, ajustar la edad para la jubilación acorde con la esperanza de vida en el siglo XXI y fijar límites al monto de las pensiones -como el ISSSTE o el IMSS que lo han topado en 10 SMG- Indexar el incremento de las pensiones al valor del SMG e incrementar el monto de las aportaciones, son los principales elementos que deben considerarse en un nuevo instrumento normativo con la visión de encontrar soluciones al problema de la seguridad social, que al mismo tiempo que garanticen los derechos de los trabajadores, den viabilidad a las instituciones y sobre todo al equilibrio de las finanzas públicas. Conservar el esquema actual de beneficios sin abordar las anteriores alternativas, implicaría elevar las primas de aportación que efectúan los trabajadores y el gobierno como patrón a un nivel inalcanzable y consecuentemente insostenible, como lo ha demostrado el estudio actuarial en comento. Mientras no reforme la Ley, se estará permitiendo que los nuevos jubilados se estén llevando legalmente el dinero de sus compañeros cotizantes que vienen detrás de ellos, poniendo en riesgo su futuro pensionario.