Redacción Sentido Común
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió un recordatorio a los contribuyentes sobre las deducciones personales que pueden aplicar en su declaración anual del ejercicio fiscal en curso.
Entre las deducciones permitidas se encuentran los gastos funerarios y los bienes recibidos por herencia, los cuales pueden influir significativamente en el cálculo del impuesto sobre la renta (ISR).
Estas deducciones, debidamente utilizadas, pueden resultar en un saldo a favor para los declarantes.