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UNIVERSIDADES PARTICULARES: NUEVOS TIEMPOS, NUEVAS NORMAS, NUEVOS DESAFÍOS DESTACADO

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Emiliano González-Blanco Bernal

Un estudio publicado este año por el Banco Mundial da cuenta de cómo la educación superior está disponible hoy para más jóvenes en América Latina y el Caribe que en cualquier otro momento en la historia de la región: en la última década se duplicó el número de estudiantes, entre los 18 y 24 años de edad, matriculados en ese tipo educativo, al pasar del 21 por ciento en 2000 al 40 por ciento en 2010. Al mismo tiempo, alrededor de un cuarto de las instituciones de educación superior (IES) que existen actualmente abrieron sus puertas en ese mismo período —muchas del sector privado— elevando la cuota de mercado de las instituciones particulares (en adelante IPES) de 43 a 50 por ciento entre comienzos de la década de 2000 y 2013.

De acuerdo con la Secretaría de Educación Pública (SEP), en el ciclo escolar 2016-2017 alrededor de 3.8 millones de personas se encontraban cursando estudios de educación superior, de los cuales casi la tercera parte (29.4 por ciento) estaba matriculada en una IPES. Si bien desde una perspectiva regional México se encuentra 20 puntos porcentuales por debajo de la media continental, el papel y peso específico de esas instituciones son considerados desde hace casi un cuarto de siglo como un factor innegable a la hora de analizar los procesos de formación de capital humano y su impacto en el desarrollo del país. 

En el desarrollo de este fenómeno expansivo se ha logrado reconocer a las IPES (no sin resistencias), como legítimas coadyuvantes del Estado en la prestación de servicios educativos y en el aseguramiento y fortalecimiento de la calidad educativa. El reconocimiento de su función ha ido ganando terreno y, auguro, logrará conquistarlo, si su instalación y desempeño se cimienta en andamios normativos e institucionales que establezcan una serie de instrumentos efectivos de calidad, largamente demandados por la emergencia masiva de instituciones de dudosa calidad, las comúnmente llamadas “universidades patito” y, sobre todo, le garanticen a las personas que optan por formarse en ellas la adquisición o el perfeccionamiento de conocimientos, competencias y habilidades que les preparen integralmente para ser miembros constructivos de la sociedad, en lo general, y para insertarse exitosamente en la vida profesional, en lo particular.

Con la finalidad de responder a las exigencias derivadas de la innovación y la generación de conocimiento en la educación del siglo XXI, y tras ser cada vez más evidentes las dificultades operativas para atender los efectos que trajo consigo la expansión del universo de IPES, la SEP, luego de un largo y minucioso trabajo de consulta y retroalimentación con diversos actores que integran el Sistema Educativo Nacional (SEN), publicó el pasado 13 de noviembre, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el nuevo “Acuerdo número 17/11/17 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior”, que sustituye al vigente Acuerdo Secretarial número 279 publicado en el año 2000, mismo que contiene un enfoque claro para incentivar la calidad educativa. 

Esta nueva etapa normativa no sólo se concentra en crear condiciones que multipliquen las oportunidades de ingreso a la educación superior; su confección parte de reconocer un sistema diverso en instituciones, programas y perspectivas, donde la maximización del potencial de los estudiantes es el punto cardinal, más allá de la acumulación desarticulada de saberes.

¿Cuáles son los aspectos más innovadores y, por tanto, más desafiantes del Acuerdo?

En primer lugar, se crea el Programa de Mejora Institucional (PMI), que establece una serie de incentivos para que las universidades particulares ejecuten programas de mejora permanente de la calidad de los servicios que prestan. Dicho programa, reconociendo la diversidad de instituciones que existen dentro del SEN, amplía los instrumentos para medir la calidad de los servicios.

Asimismo, en el marco del PMI, ahora —siguiendo las mejores prácticas internacionales—, las IPES podrán acreditar la calidad de su oferta educativa a través de agencias de acreditación institucional o por planes y programas de estudio, así como a través de la evaluación de los egresados o del seguimiento a sus exalumnos. Todos estos indicadores servirán a cada institución para ingresar de manera permanente en un ciclo virtuoso de evaluación, ajuste y mejora.

Por lo que hace a aquellas instituciones que se acrediten ante instancias externas o agencias acreditadoras y evaluadoras reconocidas por la SEP tendrán beneficios de simplificación administrativa y podrán gestionarse con mayor autonomía por comprometerse con el aseguramiento de la calidad educativa, sin que ello limite las atribuciones de la SEP para inspeccionarlas e intervenirlas en cualquier momento. Lo que permitirá, desde una perspectiva de acompañamiento, enfocar esfuerzos en aquellas instituciones que todavía no estén acreditadas.

Por otro lado, el nuevo Acuerdo reconoce la diversidad de las IPES, para que cada persona pueda elegir la opción que mejor se adecue a sus intereses y capacidades. Es así que con el propósito de estimular dicha diversidad se establecen criterios para cada tipo de institución y para las distintas etapas de madurez o consolidación de las mismas, de tal forma que todas las instituciones podrán seleccionar los instrumentos de evaluación que les permitan acreditar la calidad de sus servicios y les faciliten el proceso de mejora continua, manteniendo siempre el objetivo de que tales servicios sean pertinentes, relevantes y oportunos.

Otro aspecto innovador es que se adopta el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en los procesos para tramitar el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE), lo que permitirá transparentarlos y dar mayor certeza jurídica a los particulares; reducir costos y plazos de operación; hacer más eficiente el uso de recursos materiales, y llevar un control minucioso sobre el desempeño que realizan los servidores públicos que participan en los procesos. 

En cuanto al establecimiento de requisitos para cada modalidad educativa se establecen las características y los requerimientos que habrán de atender los particulares para prestar servicios educativos a través de las diversas modalidades educativas que reconoce la Ley General de Educación. Cabe destacar el reconocimiento de la educación en línea, que concibe el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje a través de una Plataforma tecnológica educativa.

Por lo que hace al fomento de la innovación curricular, los particulares podrán proponer los fines del aprendizaje o formación no sólo por objetivos, sino también por propósitos, proyectos o competencias que adquirirá el alumno de acuerdo con la estructura y organización del plan de estudio, el nivel educativo y la denominación propuesta, y respecto de cada una de las asignaturas o unidades de aprendizaje.

Asimismo, se prevé una mejor coordinación entre autoridades educativas locales y federales para el establecimiento de una instrumentación homogénea de todos los procesos. Esta colaboración será, además, más efectiva en las tareas de verificación, inspección y vigilancia de las IPES.

En suma, el nuevo Acuerdo tiene el propósito de fortalecer la calidad de los servicios educativos ofrecidos por los particulares así como de modernizar los cimientos normativos de la educación impartida por los mismos.

 

Emiliano González-Blanco Bernal

Director general de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la SEP

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