Redacción Sentido Común
Con 10 votos a favor el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCNJ) declaró inconstitucional la penalización del aborto, por lo que el criterio es ahora obligatorio para todos los jueces del país.
“A partir de ahora no se podrá procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos considerados por este tribunal”, ha dicho el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar. Se trata, ha añadido, de una “nueva ruta de libertad, claridad, dignidad y respeto y un gran paso en su lucha histórica por la igualdad y el ejercicio de sus derechos”.
Con 10 de 11 votos, los ministros han votado a favor de declarar inconstitucional los artículos del Código Penal de Coahuila que criminalizan la interrupción voluntaria del embarazo, donde hasta ahora, una mujer podía enfrentar una condena de 1 a 3 años de prisión por abortar.
La justicia mexicana abre así un camino para la interrupción voluntaria del embarazo, una práctica muy desigual en el país, donde solo cuatro Estados de los 32 han legislado una ley de plazos. En el resto se manejan con normas restrictivas que apenas contemplan los riesgos para la madre, las malformaciones del feto y los casos de violación como causas aceptables para abortar.