Redacción Sentido Común
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las licencias por maternidad y paternidad deben ser iguales en tiempo.
El artículo 29 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur establecía 90 días naturales por licencia de maternidad, contra 10 días hábiles por licencia de paternidad.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acusó que la diferencia de días violaba el principio de igualdad para padres biológicos y/o adoptantes.
El caso llegó al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde los ministros resolvieron por mayoría de votos que las licencias diferenciadas son desproporcionadas e injustificadas.