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Las acciones para garantizar la Seguridad interior

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Rubén Aguilar Valenzuela


En esta sexta conversación con el doctor y general de división Carlos Demetrio Gaytán Ochoa (Ciudad de México, 1949), que fuera subsecretario de la Sedena, continúa desarrollando el tema de la Seguridad interior, que considera no ha sido tratado en forma adecuada por el actual gobierno federal.

Sostiene que “la Guardia Nacional para México se encuentra legislada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, desde 1917 (artículos 10°, 31°, 35°, 73°, 88° y 89°) y ya fue aprobada la ley que le da vida a esta organización, pero no en los términos de su concepción original, ni para cumplir las funciones que debiera asumir”.

En su versión “este es el problema actual, toda vez que el efecto real de dicha organización resultó ser un elemento disruptivo, en lugar de una solución” y para él las acciones que el Estado mexicano deben emprender, para garantizar la Seguridad interior son ocho:

1) “Actualizar la ley de Seguridad nacional, con el fin de incluir con todo detalle, apegado a derecho y velando siempre por la preservación de los derechos humanos, la creación de la Gendarmería (no solo de nombre, como hoy sucede) o el cuerpo armado que se determine, y la eventual participación de las Fuerzas Armadas como último recurso.

2) Revisar y actualizar la ley de Seguridad interior vigente, para evitar los excesos que hoy contiene en cuanto a problemas tanto legales como de jurisdicción, que atribuyen demasiada libertad de acción a algunos de sus principales actores, incluido el Ejército.

3) Activar la Gendarmería o crear el cuerpo requerido para la atención de este ámbito (Seguridad interior), dependiente de la Secretaría de Gobernación, o de la Defensa Nacional, o de los gobiernos estatales, según se determine más conveniente, lo cual se desarrollaría en un período de maduración calculado en aproximadamente seis años, para un efectivo estimado de 45 000 plazas, con un costo a mano alzada de $30,000,000,000.00 (cantidad que se debe actualizar). Este sería un proyecto para desarrollarse por separado.

4) Crear el protocolo normativo para ratificar un antagonismo, como riesgo o amenaza para la Seguridad interior. Lo anterior se haría a propuesta de los gobiernos estatales, con ratificación del Senado. Considerando, asimismo, la reacción automática para casos de urgencia. Esta es otra tarea que deberá ser detallada por separado, con participación del Senado.

5) Explicitar en la norma correspondiente, que toda actuación del Estado para garantizar la Seguridad interior deberá realizarse con absoluto respeto a los derechos humanos, al pacto federal y a los diversos ámbitos jurisdiccionales.

6) Crear la asignatura de Seguridad interior en todo doctorado, maestría, licenciatura, seminario o diplomado que tenga como objetivo general, que los funcionarios públicos conciban, preparen y conduzcan las acciones necesarias para garantizar dicha condición, y con ello el estado de derecho requerido para cumplir con el mandato general de la carta magna. Ello en virtud de que, en la actualidad, la mayoría no conoce el concepto, ni sus implicaciones para la seguridad nacional, como condición a la que deben coadyuvar.

7) Con respecto a lo anterior y a manera de ejemplo, podemos mencionar que en Estados Unidos de América se prohíbe expresamente la actuación de sus Fuerzas Armadas en territorio nacional propio, debido a los potenciales daños colaterales y a otras consideraciones del derecho internacional. Cuentan para atender dichos antagonismos (mantener el orden interno) con la Guardia Nacional.

8) México en cambio, no ha creado a la institución que debiera realizar dicha tarea, como pudiera ser una Guardia Nacional al estilo de la de Estados Unidos de América, una Policía Nacional, como las del Perú, Colombia y Bolivia; una Gendarmería similar a la de Francia; un Cuerpo de Carabineros como en Chile; una Guardia Civil semejante a la de España; o como se le quiera denominar al cuerpo armado destinado a tan estratégica labor”.

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