Dr. Abel Ortiz
El Banco Mundial y la Corporación Financiera a través de su reporte “Doing Business” realizan periódicamente un estudio para identificar las áreas que enfrentan dificultades al emprender negocios en México. Este reporte mide la forma en la cual las regulaciones gubernamentales, fomentan o restringen la actividad empresarial respecto a cuatro criterios: apertura de un negocio, registro de propiedades, obtención de crédito y cumplimiento de los contratos. La apertura de un negocio se refiere todos los procedimientos que se requieren oficialmente para que un empresario pueda abrir y operar formalmente una empresa industrial o comercial. Éstos incluyen la obtención de todas las licencias y permisos necesarios, así como la presentación de cualquier notificación requerida, verificaciones o inscripciones de la empresa y de los trabajadores ante las autoridades correspondientes, aspecto en el que en México estamos reprobados. El estado de Nayarit particularmente ocupó la posición número 22 en la ultima edición bianual 2016.
En este escenario, el pasado 15 de mayo fue publicada la Ley General de Mejora Regulatoria en el Diario Oficial de la Federación cuyos objetivos son los siguientes; I. Establecer la obligación de las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, de implementar políticas públicas de mejora regulatoria para el perfeccionamiento de las Regulaciones y la simplificación de los Trámites y Servicios; II. Establecer la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Mejora Regulatoria; III. Establecer los instrumentos, herramientas, acciones y procedimientos de mejora regulatoria; IV. Establecer la creación y el funcionamiento del Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios, y V. Establecer las obligaciones de los Sujetos Obligados para facilitar los Trámites y la obtención de Servicios, incluyendo el uso de tecnologías de la información. Para la operatividad de la Ley se establece un Consejo Nacional de Mejora Regulatoria y un Consejo Local en el ámbito de las Entidades Federativas.
Al ser una Ley General, en automático obliga a todas las Entidades Federativas y sus municipios a la conformación de un Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios, con la finalidad de otorgar seguridad jurídica a las personas, brindar transparencia, facilitar el cumplimiento regulatorio y fomentar el uso de tecnologías de la información. Esta tarea implica el desafío de migrar la información del catálogo estatal de trámites a una plataforma electrónica para poder administrar el catálogo electrónicamente y poder incorporar a todos los municipios. El catálogo nacional deberá iniciar su funcionamiento en un plazo de tres años contados a partir de la entrada en vigor de la Ley, iniciando con los sujetos obligados de la Administración Pública Federal, un año después en las Entidades Federativas y dos años posteriores los del orden de Gobierno Municipal, en tanto que las Legislaturas Locales contarán con un plazo de un año para adecuar las leyes estatales. La expectativa pues con esta Ley General, es que ahora si a nivel nacional se incremente el atractivo para atraer y retener talento e inversión que incentive el crecimiento económico y el desarrollo social.